MEDIDAS COMPLEMENTARIAS A LAS YA VIGENTES
Desde las 00:00 horas del 14 de marzo de 2020. Vigencia mínima 15 días
RESUMEN de la Resolución SLT / 737/2020, de 13 de marzo, por la que se adoptan medidas complementarias para la prevención y el control de la infección por SARS-CoV-2.
- Transporte público: un tercio de su capacidad e incremento de desinfección
- Cierres y suspensiones en el ámbito de ocio:
- Deportivo: estaciones de esquí y de montaña, gimnasios y otras instalaciones deportivas públicas y privadas
- Cultural: teatros y cines y todos los espectáculos públicos
- Festivo: salas de fiesta y de conciertos, pubs y discotecas, karaokes, salones de juego (casinos, bingos y recreativos)
- Parques de atracciones y temáticos y cualquier otro de ocio o de ocio.
- Cierre restauración: bares, cafeterías, restaurantes y otros establecimientos de restauración. Excepto en establecimiento hotelero, centro sanitario o social residencial.
- Cierre de centros comerciales: incluyendo grandes superficies y galerías, excepto los establecimientos dedicados exclusivamente a la venta de alimentación, limpieza e higiene.
-Caza y pesca:
- Prohibición de batidas de caza y caza colectiva (dos o más cazadores) exceptúan las comarcas del Alt y Baix Empordà, Garrotxa, Pla de l'Estany, Gironès, la Selva y Osona al este del meridiano de Vic, y las actuaciones en aplicación de autorizaciones excepcionales por daños a agricultura
- No se autorizará ningún concurso o competición de pesca continental o caza
- Servicios sociales:
- Cierre de los centros y servicios de la red sociales pública (infantil, discapacidad, dependencia y prelaborales)
- Suspensión de las actividades en los centros ocupacionales, excepto los que requieran continuidad de la atención
- Suspensión de las visitas presenciales de Servicios Técnicos de Punto de Encuentro.
- Los servicios sociales públicos y privados podrán atender las necesidades de los usuarios con la diligencia que exige la naturaleza del servicio.
- Suspensión de velatorio de personas muertas por COVID-19.
Medidas adoptadas por el Departament de Salut el 13 de marzo
En vigor a parir de las 0:00 horas del 14 de marzo durante 15 días como mínimo y revisables en función de la evolución de la situación
BARES, RESTAURANTES Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS
- Se cierran las estaciones de esquí.
- Cierre de toda clase de instalaciones deportivas, gimnasios, clubes deportivos, tanto públicos como privados.
- Cierre de teatros, cines, salas de fiesta, discotecas, pubs, salas de baile, salas de conciertos, karaokes, cafés teatro, cafés concierto y cualquier otro establecimiento recreativo
- Cierre de bares, cafeterías, restaurantes y otros establecimientos de restauración excepto aquellos que estén integrados en un establecimiento hotelero, centros sanitarios o sociales residenciales.
- Cierre de salas de juego, salones recreativos, casinos, bingos y cualquier otro.
- Cierre de parques de atracciones, parques temáticos y cualquier otro centro que realice actividades de ocio.
- Suspensión de toda clase de actividades de espectáculos públicos en espacios cerrados y abiertos.
- Cierre de centros comerciales, incluyendo grandes superficies y galerías, a excepción de aquellos establecimientos dedicados a la venta de productos de consumo habitual (alimentación, limpieza e higiene) y de aquellas áreas de los centros comerciales con la misma actividad.
- En este ámbito, las medidas preventivas tienen reconocida la causa de fuerza mayor.
TRANSPORTE PÚBLICO
- Avanzar hacia un nivel de ocupación de los servicios que represente un tercio de la capacidad máxima para favorecer el mantenimiento de una distancia no inferior a un metro entre los usuarios y usuarias. Se podrán adoptar medidas adicionales como la supresión de títulos de transporte o la regulación de accesos
- Los operadores de transporte deberán de tener planes de contingencia para mantener los servicios programados ante eventuales bajas del personal
- A partir del 16 de marzo se suprime la venta de billetes en autobuses, siempre que hay otras alternativas
- Se cierran oficinas de información y atención presencial que no dispongan de separación física de los usuarios y usuarias. Se refuerza la atención telefónica y telemática
- Se aumentan los protocolos de higiene y limpieza para evitar el contagio.
- En caso de restricciones en el transporte, se adoptarán medidas para garantizar el desplazamiento obligado de personas vulnerables.
SERVICIOS FUNERARIOS
- Suspensión de los velatorios de personas fallecidas por el virus COVID-19 en instalaciones públicas y privadas.
SERVICIOS SOCIALES
- Los proveedores públicos y privados del sistema catalán de servicios sociales podrán adoptar las medidas necesarias para hacer frente a las contingencias derivadas de la emergencia sanitaria para garantizar la asistencia a las personas usuarias.
- Cierre de los centros y servicios de la Xarxa de Serveis Socials d’Atenció Pública siguientes:
- Centros de desarrollo infantil y atención precoz (CDIAP)
- Centros de atención a personas con discapacidad (CAD)
- Servicios de valoración de la dependencia (SEVAD)
- Clubes sociales y prelaborales
- Suspensión de actividad en los centros de día de terapia ocupacional (STO), en los servicios de centro de día ocupacional de inserción (SOI) y en los centros de atención especializada (CAE). Los usuarios y usuarias que requieran de atención continuada, ésta se garantizará con el dispositivo más adecuado.
CAZA
- Prohibición de todas las batidas de caza y acciones de caza colectiva, en las que participen dos o más cazadores en toda Catalunya. Se exceptúa la prohibición en algunas comarcas con autorizaciones especiales
Son responsables del cumplimiento de estas medidas las personas físicas o jurídicas titulares, explotadoras o organizadoras de las actividades mencionadas.