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En la ciudad de Santa Coloma de Gramenet se celebran tres mercados de venta no sedentaria durante la semana, son los siguientes:

Sagarra: se celebra los lunes con un horario de venta de 8:00 a 14:00 horas. Hay 190 paradas con una ocupación de 860 metros lineales repartidos entre la Plaza Segarra, calle Sagarra, San José, San Ramón, San Ignacio, Balldovina, Montserrat y San Benito.

Singuerlin: se celebra los jueves con un horario de venta de 8:00 a 14:00 horas. Hay 110 paradas con una ocupación de 630 metros lineales repartidos entre la Avenida Puig Castellar, calle Singuerlin y Aragón.

Fondo: se celebra los sábados con un horario de venta de 8:00 horas a 14:00 horas. Hay 160 paradas con una ocupación de 800 metros lineales repartidos entre la Plaza del Reloj, calle Mossèn Jacint Verdaguer, Wagner, Massenet, Dalmau y Rambla Fondo.

Los días de mercados de venta no sedentaria que coinciden con un día festivo que no sea de apertura comercial se celebrará igualmente, el mismo día, horario y ubicación previstos.

Hay que recordar que, de acuerdo con la Ley 3/2014, del 19 de febrero, de horarios comerciales y de medidas para determinadas actividades de promoción de la Generalitat de Catalunya, "los establecimientos situados en el entorno inmediato de los mercados de marchantes (...) pueden abrir durante el mismo horario en que lo hace el mercado (artículo 2, apartado e), previa autorización del Ayuntamiento.

Trámites:

  •  Solicitud de un lugar para ejercer la venta no sedentaria.

Sólo se podrá solicitar en el momento que el Ayuntamiento abra el correspondiente concurso público. No se admitirán solicitudes si no ha sido convocado el mismo.  

  • Cambio de nombre y transmisión de las paradas.

La licencia será intransferible con las excepciones que se concretan y limitan a continuación:

Por actos "inter vivos", entre parientes en primer grado, tanto en línea directa como colateral, es decir, entre padres e hijos y entre cónyuges, siempre y cuando se acredite la situación de jubilación o invalidez.

Por actos "mortis causa", por muerte del titular del puesto, y siempre y cuando lo solicite el legal sucesor.

La solicitud de transmisión de la licencia se hará mediante instancia explicando los hechos y será firmada por el cedente y por el cesionario y, en el caso de fallecimiento por un sucesor legal, con renuncia escrita de todos los demás sucesores si hay.

En caso de enfermedad del titular no habrá lugar a la transmisión sino a la sustitución que deberá ser debidamente autorizada. La enfermedad se justificará mediante el correspondiente parte de baja y en caso de ser necesario, se renovará la justificación trimestralmente.  

  • Ampliación de metros.

Para pedir una ampliación de metros se realizará mediante instancia donde debe poner el nombre del titular, el número de la parada, el mercado y los metros de ampliación solicitados.

Sin embargo, en estos momentos los mercados se encuentran en situación de esponjamiento progresivo y de reducción de metros de superficie por lo tanto no se dan ampliaciones de metros, salvo en casos muy concretos donde haya metros sobrantes que no puedan ser utilizados para hacer una reubicación.  

  • Otras solicitudes.

Cualquier solicitud se hará mediante instancia en las oficinas de la OIAC, donde constará el nombre del titular del puesto, el número de la misma, el mercado y lo que se solicita.