Limitación horaria de venta de bebidas alcohólicas

Normativa para establecimientos comerciales: Venta de alcohol

De acuerdo con la Lei 20/1985 (art. 18) [actualizada y modificada por la Lei 3/2023, del 16 de marzo, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público para el 2023] , en Santa Coloma de Gramenet se aplican las siguientes restricciones para los comercios:

 

Horario de prohibición

De 22:00 h a 08:00 h del día siguiente

  • Prohibición total: No se puede vender ningún tipo de bebida alcohólica en establecimientos comerciales durante esta franja. 

  • Reparto a domicilio: También queda prohibida la venta realizada por telefóno o internet si la entrega se realiza en este horario. 

  • Consumo dentro del local: No se permite el consumo de alcohol en el interior de los establecimientos de venta de alimentación (supermercados, tiendas de conveniencia, etc.) en esta misma franja.

     

Protección a menores

  • Prohibición de venta: Esta totalmente prohibido vender o suministrar alcohol a menores de 18 años.

  • Intermediarios: Los mayores de edad no pueden adquirir alcohol para proporcionarlo a menores.

  • Señalización obligatoria: Todos los establecimientos tienen que tener un cartel visible que advierta de esta prohibición.

     

Exposición de productos

  • Fachadas y escaparates: Se prohíbe la exposición de bebidas alcohólicas en zonas exteriores, mostradores o ventanas visibles desde la calle.

  • Excepció: Establiments dedicats exclusivament a la venda de begudes (vinoteques, bodegues especialitzades).