Protección Patrimonio
Las fincas situadas dentro de un ámbito de protección del patrimonio tendrán que cumplir, además del que dictamine la normativa urbanística vigente de la zona donde se encuentre la finca (clave urbanística), el que esté determinado de forma específica por su tipo de protección.
Esta protección está regulada por los expedientes urbanísticos:
- “Modificación del Plan Especial de Protección del Patrimonio de Santa Coloma de Gramenet”, aprobado el 30 de enero de 2024. Se puede aquí.
- “Modificación del Plan Especial de Protección del Patrimonio para la incorporación de los bienes EC-78, EC-92, EC-94 y A2-07”, aprobado el 23 de de abril de 2024. Se puede aquí.
Para saber si una finca en concreto está dentro de un ámbito de protección del patrimonio hay que consultar al Geoportal Urbanístico. Picando en la finca de interés con el ratón o poniendo su dirección al buscador saldrá a la parte derecha de la pantalla la normativa que le afecta y si la finca en cuestión está o no dentro de un ámbito de protección.
CATEGORÍAS DE LOS BIENES PROTEGIDOS Y NORMATIVA A CUMPLIR:
Atendiendo a su valor histórico, arquitectónico, paisajístico, arqueológico, cultural o testimonial se ha agrupado los bienes en:
- EC Edificio i/o Elemento Catalogado.
- EI Edificio i/o Elemento Inventariado.
- EN Entorno de un edificio i/o elemento catalogado.
- AU Ambiente Urbano.
- ZA Zona Arqueológica.
- EP Elemento del Paisaje.
FICHAS INDIVIDUALIZADAS DE CADA ELEMENTO PROTEGIDO:-
En el siguiente ENLACE se puede consultar las fichas individualizadas de cada elemento del patrimonio arquitectónico con explicación informativa e intervenciones permitidas en cada elemento.