Tipo de establecimiento | Horario de cierre | |
Dias ordinarios | Viernes, sábados y vigília de festivos | |
Espectáculos públicos: cines, teatros y similares, auditorios, musicales, culturales, circos. | 01:30h | 02:30h |
Bares musicales y Restaurantes musicales. | 02:30h | 03:00h |
Discotecas, salas de baile, salas de fiesta con espectáculos. | 05:00h | 06:00h |
Sala de conciertos, cafés teatro y cafés concierto. | 04:30h | 05:00h |
Restaurantes, bares, restaurantes bares, salones de banquetes. | 02:30h | 03:00h |
Establecimientos públicos donde se ejercen actividades de naturaleza sexual. | 04:00h | 05:00h |
Bingos | 04:00h | 05:00h |
Discoteca de juventud | 22:00h | |
Salas de fiestas con espectáculo para menores de edad y conciertos de infancia y juventud. | 19:00h | |
Régimen especial (Afterhours) | 14:00h | |
Establecimientos de juegos | 04:00h |
Mesas de exterior
Mesas de exterior | De domingo a jueves | Viernes, sábado y vigilia de festivos |
De abril a octubre | 24:00h | 01:30h |
De novembre a marzo | 22:00h | 24:00h |
*Durante los meses de julio y agosto, el Ayuntamiento podrá, mediante resolución, acordar la ampliación del horario de la siguiente forma: durante los días de domingo a jueves hasta las 01:00 horas y los viernes, sábado y vigilia de festivo hasta las 02:00 horas.
Días de ampliación especial
Ampliación especial (vacaciones y determinadas festividades) | |||
Tipo de establecimiento | Días ordinarios | Viernes, sábado y vigilia de festivos | |
Bares musicales y Restaurantes musicales. | 03:00h | 03:30h | |
Discotecas, salas de baile, salas de fiesta con espectáculos. | 05:45h | 06:45h | |
Sala de conciertos, cafés teatro y cafés concierto. | 05:00h | 05:30h | |
Restaurantes, bares, restaurantes bares, salones de banquetes. | 03:00h | 03:30h | |
Vacaciones y determinadas festividades | |||
Del 27 de febrero al 4 de abril, Carnaval. | |||
Del 17 al 21 de abril, Semana Santa. | |||
De 1 de junio al 15 de septiembre. | |||
Fiestas locales o patronales de cada municipio. Para Santa Coloma de Gramenet, el 1 de junio y el 24 de septiembre. | |||
Del 21 de diciembre al 6 de enero, quitado la noche de Fin de Año y el 1 de enero y 25 de diciembre de obligado cierre. | |||
Otros acontecimientos d´interés turístico, como ferias, exposiciones, etc. | |||
Ampliació especial Nit de Cap d´Any | |||
Espectáculos públicos: cines, teatros y similares, auditorios, musicales, culturales, circos. | 03:30h | ||
Bares musicales y Restaurantes musicales. | 04:00h | ||
Discotecas, salas de baile, salas de fiesta con espectáculos. | 07:30h | ||
Sala de conciertos, cafés teatro y cafés concierto. | 06:00h | ||
Restaurantes, bares, restaurantes bares, salones de banquetes. | 04:00h | ||
Normativa
ORDEN INT/358/2011, de 19 de diciembre, por la que se regulan los horarios de los establecimientos abiertos al público, de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas sometidos a la Ley 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas, y a su Reglamento