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¿Qué es?
Los niños con discapacidad, siempre y cuando se valore positivamente, tienen que ser integrados en centros ordinarios de educación. Si no es posible, tienen que matricularse en un centro de educación especial.
El equipo de asesoramiento y orientación psicopedagógica (EAP) realizará una valoración multidisciplinar de las necesidades educativas especiales de un alumno determinado y de sus posibilidades. Hará un dictamen y orientará ningún el centro que considere más idóneo.
¿Quién puede acceder?
Infancia con disminución en edad escolar.
¿Dónde dirigirse?
Equipo de Asesoramiento y Orientación Psicopedagógica (EAP) de Santa Coloma de Gramenet Av. Anselm de Riu,125 08924 Santa Coloma de Gramenet Tel: 93 468 11 45 www.xtec.net/serveis/eap/a8900255 eap-santacoloma(at)xtec.cat
Normativa
Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos (LISMI), artículos 23-31 (BOE núm.103, de 30/4/82).
Real Decreto 334/85, de 6 de marzo, sobre ordenación de la educación especial (BOE de 16/4/85).
Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo (LOGSE).
Al principio
¿Qué es?
Los EAP son servicios educativos de composición interdisciplinaria (psicólogos, pedagogos, asistentes sociales) que tienen por objetivo el asesoramiento y la orientación psicopedagógica a los centros educativos para que éstos puedan responder adecuadamente a la diversidad de necesidades educativas que presentan los alumnos a lo largo de su escolaridad.
El ámbito de intervención de los EAP, de acuerdo con la división territorial y la planificación de las zonas escolares, es la comarca. En las comarcas densamente pobladas se han previsto ámbitos de intervención más reducidos: distrito, municipio, subcomarca.
Funciones de los EAP - Identificación y evaluación de las necesidades educativas especiales de los alumnos, en colaboración con los maestros y profesores, especialistas y servicios específicos.
- Participación en la elaboración y el seguimiento de los diversos tipos de adaptaciones del currículum que puedan necesitar los alumnos, en colaboración con profesores, especialistas y servicios específicos.
- Asesoramiento a los equipos docentes sobre los proyectos curriculares de los centros educativos en cuanto a aspectos psicopedagógicos y de atención a la diversidad de necesidades del alumnado.
- Asesoramiento al alumnado, familias y equipos docentes sobre aspectos de orientación personal, educativa y profesional.
- Colaboración con los servicios sociales y sanitarios del ámbito territorial de actuación, para ofrecer una atención coordinada a los alumnos y familias que lo necesiten.
- Aportación de soporte y de criterios técnicos psicopedagógicos a otros órganos de la administración educativa.
- Otras funciones que les atribuya el Departamento de Educación.
¿Quién puede acceder?
Pueden acceder al servicio profesores y padres de alumnos, por medio del centro docente de su hijo, o directamente dirigirse al equipo de asesoramiento de la zona.
¿Dónde dirigirse?
Equipo de Asesoramiento y Orientación Psicopedagógica (EAP) de Santa Coloma de Gramenet Av. Anselm de Riu,125 08924 Santa Coloma de Gramenet Tel: 93 468 11 45 www.xtec.net/serveis/eap/a8900255 eap-santacoloma(at)xtec.cat
Ámbito de actuación Santa Coloma de Gramenet
Normativa
Orden del 20 de mayo de 1983, por la que se crean los Equipos de Asesoramiento y Orientación Psicopedagógica (EAP) y se regula su actuación, intervención y dependencia.
Resolución del 31 de julio de 1984 de la Dirección General de la Enseñanza Primaria, que desarrolla las líneas básicas de actuación de los EAP, de acuerdo con el orden del 20 de mayo de 1983.
Orden del 11 de abril de 1989, por la que se crean los Equipos de Asesoramiento Psicopedagógico Específicos y los Centros de Recursos Educativos para deficientes auditivos (CREDAC Pere Barnils de Catalunya).
Decreto 155/94, de 28 de junio de 1994, por el que se regulan los servicios educativos del Departamento de Enseñanza.
Al principio
¿Qué és?
Son ayudas públicas de carácter individual dirigidas a niños y jóvenes con discapacidad que cursan estudios o bien en escuelas de educación especial o bien en escuelas ordinarias privadas no subvencionadas en régimen de integración. Estas ayudas son individuales y directas para pagar el gasto originado por la educación de los niños con necesidades educativas especiales, y subsidios de educación especial para las familias numerosas con hijos con discapacidad.
Los subsidios de educación especial sólo se concederán por los conceptos de transporte y de comedor.
¿Quén puede acceder? - Tener necesidades educativas especiales con las dos condiciones siguientes: que la necesidad esté reconocida por un equipo de asesoramiento psicopedagógico (EAP) y que haya la necesidad de asistir a una escuela privada no subvencionada.
- Tener 2 años.
- Los ingresos económicos de la unidad familiar del año anterior a la solicitud, no podrán superar los baremos establecidos a la convocatoria de becas y ayudas al estudio para el curso vigente.
- En el caso de solicitar el subsidio de educación especial (ayuda de transporte y comedor) es necesario que el niño sea miembro de una familia numerosa.
¿Dónde dirigirse? La solicitud de ayuda hay que presentarla en el centro docente donde el solicitante tenga que ser escolarizado durante el curso que se solicita.
Excepcionalmente se puede presentar a:
Servicios Territoriales de Educación de Barcelona Comarcas Casp, 15, 2a planta 08010 Barcelona Tel: 93 481 60 00 www.gencat.net/educacio
Normativa
Real Decreto 2298/1983, de 28 de julio, por el que se establece el sistema de becas y ayudas al estudio del Estado (BOE de 27 de agosto de 1983).
Resolución de 20 de junio de 2001, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se convocan ayudas para los alumnos con necesidades educativas especiales para el curso 2001-2002. (BOE núm. 155, de 29/06/2001).
Orden del 16 de febrero de 2001 por la que se convocan becas para los alumnos que inicien estudios universitarios en el curso 2001/2002 (BOE 46, 22/02/01).
Información adicional
Las ayudas de residencia son incompatibles con los de comedor y transporte, pero son compatibles con las ayudas de transporte de fin de semana.
Las ayudas y subsidios para educación especial son regulados anualmente, por lo que pueden producirse cambios en las convocatorias.
Al principio
¿Qué es?
Ayudas a los alumnos con necesidades educativas especiales matriculados en centros docentes sostenidos con fondos públicos para la asistencia a convivencias escolares organizadas por el centro docente. Tienen como objetivo desarrollar y fortalecer la autonomía personal y social de los alumnos, proporcionarles el conocimiento de un ambiente diferente y facilitarles la convivencia con los compañeros y educadores.
¿Quien puede acceder?
Los alumnos con necesidades educativas especiales derivadas de condiciones personales de discapacidades psíquicas, físicas o sensoriales matriculados en centros docentes de Catalunya sostenidos con fondos públicos, que durante el curso escolar al cual corresponde cada convocatoria haya participado en las convivencias escolares organizadas por el centro .
¿Dónde dirigirse?
Los interesados tienen que formalizar su solicitud en el impreso normalizado y tienen que entregarlo en el centro docente. La dirección del centro docente tiene que remitir en los plazos concretados en la orden de convocatoria la documentación siguiente: - Certificado justificativo de la realización de las convivencias.
- Memoria de su realización.
- Certificado de gastos y, si es el caso, de los ingresos de la actividad.
Normativa
La convocatoria se publica durante el primer trimestre del año al Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Orden NOS/94/2002, de 15 de marzo, de convocatoria para la concesión de ayudas a los alumnos con necesidades educativas especiales matriculados en centros docentes sostenidos con fondos públicos para su asistencia a convivencias escolares durante el curso escolar 2001-2002 (DOGC núm. 3606, de 02/042002).
Orden EDC/115/2006, de 15 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas al alumnado con necesidades educativas especiales matriculado en centros educativos sostenidos con fondo público. DOGC núm.4599, de 23 de marzo de 2006.
Al principio
¿Qué es?
El Centro de Recursos "JOAN AMADES" para personas con discapacidad visual, nace de un convenio entre el Departamento de Educación y la ONCE, con el objetivo de dar respuesta a las necesidades educativas de los niños con déficits visuales en Catalunya.
Valora interdisciplinariamente las necesidades educativas de los alumnos/as, facilita la respuesta individualizada que requieren, orientaa lasfamilias y da a conocer las realidades educativas propias de las personas con déficits visuales, los avances técnicos y los recursos existentes.
¿Quién puede acceder?
El centro de recursos se dirige, en general, a personas con discapacidad o a sus familiares, colectivos de personas con discapacidad, entidades de iniciativa social, profesionales vinculados directa o indirectamente al campo de la discapacidad y, en general, a cualquier persona interesada en el tema.
¿Dónde dirigirse?
Centro recursos educativos para niños con discapacidad visual JOAN AMADES (ONCE) Gran Via de les Corts Catalanes, 394 08015 Barcelona Teléfono: 93 325 92 00 www.once.es crebarcelona(at)once.es
Normativa
Decreto 155/1994, de 28 de junio, por el que se regulan los servicios educativos del Departamento de Enseñanza (DOGC núm. 1918, de 08-07-1994).
Al principio
¿Qué es?
Los Centros de Recursos Educativos para Deficientes Auditivos (CREDA) son servicios educativos del Departamento de Educación que colaboran con los centros docentes para que la tarea del profesorado se adecue a las necesidades educativas del alumnado con deficiencias auditivas graves y permanentes o con trastornos del lenguaje.
Actualmente hay 8 CREDA, que dan la atención necesaria en todo el ámbito territorial propio del Departamento de Educación.
Funciones: - En lo que concierne a la atención directa del alumnado:
- Identificación y evaluación de las necesidades educativas del alumnado con deficiencias auditivas o con trastornos del lenguaje, en colaboración con los Equipos de Asesoramiento y Orientación Psicopedagógica (EAP).
- Valoración psicolingüística de este alumnado.
- Valoración audiológica y seguimiento audioprotésico.
- Asesoramiento al profesorado de los centros docentes sobre adaptaciones curriculares, estrategias metodológicas y ayudas técnicas.
- Atención de logopedia al alumnado con deficiencias auditivas o con trastornos del lenguaje cuando sea necesaria.
- Orientación a las familias de estos alumnos.
- En lo que concierne a la elaboración de recursos
- Elaboración de materiales educativos adaptados a las necesidades educativas del alumnado con deficiencias auditivas o con trastornos del lenguaje.
- Catalogación de recursos educativos específicos.
- Oferta de estos materiales y recursos a los centros docentes y las familias.
SERVICIOS - Evaluación psicolingüística.
- Atención de logopedia.
- Elaboración de materiales didácticos, recursos específicos y oferta a los centros docentes.
- Asesoramiento a los maestros y profesores.
- Orientación a las familias.
¿Quién puede acceder?
EL CREDA COMARCAS II es un servicio educativo que se crea administrativamente por la resolución del día 26 de enero del 1994 (DOGO 11-02-94) con sede en Sant Adrià de Besòs y su ámbito de actuación se extiende al Maresme (Alto Maresme, Bajo Maresme y Mataró), y el Barcelonès Nord (Badalona, Santa Coloma de Gramenet y Sant Adrià de Besòs).
Los CREDA se dirigen a todos los alumnos dentro de la etapa de escolaridad obligatoria que presentan trastornos de lenguaje y audición (de 0 a 16 años). Este trabajo se realiza dentro del marco escolar, se hace en estrecha coordinación maestro/profesor. El/la logopeda y maestro/profesor dan a la familia pautas de comportamiento y de relación en la vida cotidiana para ayudar en comprender y valorar todas sus posibilidades.
¿Dónde dirigirse?
Centro de Recursos Educativos para Deficientes Auditivos (CREDA Comarcas II) C/ Once de Setiembre, s/n 08930 Sant Adrià de Besòs Teléfon 93 381 72 01 www.xtec.es/creda/index.htm creda-comarques2(at)xtec.net
Subsede-CREDA C/ Anselm de Riu, 125 08924 Santa Coloma de Gramenet Teléfon: 93 468 11 45
Normativa
Orden de 11 de abril de 1989, por la que se crean centros de recursos educativos para deficientes auditivos (DOGC núm. 1133, de 19-04-1989).
Orden de 22 de agosto de 1990, por la que se crea el centro de recursos educativos para deficientes auditivos CREDA-Comarcas-Y (DOGC núm. 1348, de 28-09-1990).
Resolución de 14 de mayo de 1991, por la que se crea el Centro de Recursos Educativos para Deficientes Auditivos (CREDA Lleida).
Resolución de 10 de febrero de 1992, de creación de los centros de recursos educativos para deficientes auditivos del Baix Llobregat y de Tarragona (DOGC núm. 1559, de 21/02/1992).
Decreto 155/1994, de 28 de junio, por el que se regulan los servicios educativos del Departamento de Enseñanza (DOGC núm. 1918, de 08-07-1994).
Resolución de 26 de enero de 1994, (DOGO 11-02-1994), por la que se crea el Centro de recursos educativos para deficientes auditivos CREDA Comarcas II con sede en Sant Adrià de Besòs.
Orden de 19 de octubre de 1999, de modificación de ámbito territorial de centros de recursos educativos para deficientes auditivos (DOGC núm. 3016, de 16-11-1999).
Al principio
¿Qué es?
La unidad de técnicas aumentativas de comunicación (UTAC) se dirige a las personas con discapacidad motriz que requieren formas aumentativas y alternativas de comunicación y de acceso al ordenador, juego adaptado y movilidad asistida.
La UTAC del Centro de Autonomía Personal Sirius se dirige a los niños en la etapa de atención precoz y a los adultos.
La UTAC-UB se dirige a los alumnos en edad escolar.
Las funciones de la UTAC son la evaluación, la intervención y el seguimiento de los usuarios, la cooperación con los familiares, los profesionales y las instituciones de soporte a la integración escolar y el acceso al currículum educativo, la divulgación, la formación y la investigación.
¿Quién puede acceder?
Los niños, jóvenes y adultos con parálisis cerebral, traumatismos causados por accidentes, enfermedades neurológicas o musculares progresivas, afasia, hospitalización u otros condicionantes que dificulten o impidan el lenguaje oral y/o la escritura manual.
¿Dónde dirigirse?
UTAC-Sirius C/ Calàbria, 147 Barcelona 08015 Tel. 93 483 84 18 www.gencat.net/benestar/icass/sirius/sirius.htm esoro(at)gencat.net
UTAC-UB Edificio del Teatro-Campus Mundet Pº Vall d’Hebron, 171 08035 Barcelona Tel: 93 312 58 64 www.ub.es/psicologia/utac/index.htm utac(at)ub.edu
Al principio
¿Qué es?
El Departamento de Educación tiene previsto unas ayudas a los alumnos de enseñanzas obligatorias, que tienen una larga enfermedad que los impide continuar y finalizar los estudios que cursan, para colaborar con la familia del alumnado en los gastos ocasionados por las clases de soporte domiciliario que recibe durante el tiempo que no asiste al centro.
El consejo escolar del centro donde es matriculado el alumno nombra un maestro tutor que continúa haciendo el seguimiento del proceso de aprendizaje y la evalua. Este maestro tutor tiene que estar en contacto con el profesor que da el soporte domiciliario.
¿Quien puede acceder?
Cualquier alumno/a en edad de escolarización obligatoria que, por una enfermedad larga, no pueda asistir a la escuela y tenga que quedarse en casa.
¿Dónde dirigirse?
Los padres o representantes legales de los alumnos tienen que presentar la solicitud de ayuda al centro docente, con un informe médico en el cual se debe hacer constar el diagnóstico y la previsión aproximada del tiempo en que el alumno no podrá asistir a la escuela.
Servicios Territoriales de Educación de Barcelona Comarcas C/ Caspe, 15, 2a planta 08010 Barcelona Teléfono: 93 481 60 00 www.gencat.net/educacio
Normativa
Decreto 266/1997, de 17 de octubre, sobre derechos y deberes de los alumnos de los centros de nivel no universitario de Catalunya (DOGC núm. 2503, de 24-10-1997).
Orden NOS/116/2002, de 9 de abril, de convocatoria de concurso público para el otorgamiento de ayudas a los alumnos que sufren una enfermedad prolongada y cursan niveles obligatorios en centros docentes sostenidos con fondos públicos (DOGC núm. 3617, de 17-04-2002).
Información adicional
Existen entidades que cuentan con un servicio de atención socio - educativa domiciliaria. Este servicio es gratuito y funciona con diplomados de magisterio o licenciados voluntarios.
Es preciso contactar directamente con la entidad: servicio de enseñanza a domicilio de la Asociación AUXILIA (c/ Anglí, 50, tel. 93 204 75 02).
Al principio
¿Qué es?
La Asociación AUXILIA es una entidad que trabaja con personas con disminución física y desarrolla diferentes proyectos, uno de ellos es este servicio de soporte escolar.
El servicio está pensado para personas con dificultades de movilidad y desplazamiento que quieran estudiar y formarse. También ofrece un servicio de refuerzo extraescolar de los estudios que se están haciendo.
Un grupo de voluntariado especializado imparte las clases que pueden ser en domicilio o en hospitales. Un equipo profesional orienta y apoya al voluntariado en su tarea.
¿Quien puede acceder?
Cualquier persona con discapacidad física, sin límite de edad, que necesita refuerzo escolar o necesite una ayuda para estudiar.
¿Dónde dirigirse?
AUXILIA C/ Anglí, 50 08017 Barcelona Teléfono: 93 204 75 02 www.fundacioauxilia.org
APPS Federación Catalana pro Personas Retraso Mental C/ Joan Güell, 90-92 08028 Barcelona Teléfono: 93 490 16 88 www.apps.es apps(at)federacioapps.com
Al principio
¿Qué es?
Es un servicio que ofrece la Federación ECOM, con el soporte del Departamento de Educación de la Generalitat de Catalunya.
Las escuelas que tienen alumnos con discapacidades físicas pueden pedir el soporte de un monitor especializado cuando la clase hace salidas fuera de la escuela: visitas, excursiones, viajes de fin de estudio, etc.
La tarea principal del monitor es facilitar la participación del alumno en la actividad y cubrir, si es preciso, otras necesidades específicas (sondeo, colocación de prótesis, cambios de posturas...)
El servicio es gratuito pero los gastos del monitor propias de la actividad (comida, transporte, alojamiento, etc.) tendrá que cubrirlas la escuela o la familia.
La escuela es quién tiene que solicitar el servicio por escrito, 15 días antes de la actividad.
¿Quién puede acceder?
Cualquier alumno de escuela ordinaria (no especializada), desde el parvulario hasta la secundaria, con discapacidad física.
¿Donde dirigirse?
Federación ECOM Gran Via de les Corts Catalanes, 562, pral. 2ª 08011 Barcelona Teléfono: 93 451 55 50 www.ecom.es ecom(at)ecom.es
Al principio
¿Qué es?
El 3% de las plazas disponibles en la universidad se reserva para las personas con discapacidad. Para acceder se debe hacer constar, en el momento de la inscripción universitaria, que se tiene una discapacidad adjuntando el certificado de reconocimiento y hacer una solicitud de la reserva en que se exponga el caso.
¿Quién puede acceder?
Cualquier persona, que quiera hacer estudios universitarios, con un grado de discapacidad igual o superior a 33% o una pérdida total de la audición o del habla, que supere las pruebas de acceso y haya requerido adaptaciones durante su escolaridad debido a sus necesidades educativas especiales.
¿Donde dirigirse?
Oficina de Preinscripción Universitaria Pl. del Bonsuccés, 5-6 08001 Barcelona Teléfono: 93 223 03 23 / 93 223 25 91
Normativa
Ley 13/1982 de integración social de los minusválidos (LISMI) (BOE núm.103, de 30-4-82).
Ley 20/1991 de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas (DOGC 1526, 04-12-91).
Real Decreto 69/2000, de 21 de enero, por el que se regulan los procedimientos de selección para el ingreso a los centros universitarios de los estudiantes que cumplan los requisitos legales necesarios por el acceso en la universidad (BOE núm.19, de 22-01-2000).
Información adicional
La primera vez que el alumno con discapacidad realiza la matricula en la universidad pública las tasas de matriculación serán gratuitas.
Al principio
¿Qué es?
Los alumnos con discapacidad que están estudiante a las universidades se encuentran a menudo con dificultades como por ejemplo la accesibilidad a las aulas o que los métodos de exámenes no se adaptan a sus circunstancias. Para superar estas dificultades y porque los alumnos con discapacidades equiparen sus oportunidades hay diferentes programas de soporte.
* La Universitat Autònoma de Barcelona, a través de la Fundación Autónoma Solidaria, ha creado el Programa de Integración de los Universitarios con Necesidades Especiales (PIUNE) que tiene como objetivo promover la satisfacción de las necesidades educativas especiales de los universitarios con discapacidad así como su integración al medio universitario. Su actuación se basa en el derecho a la igualdad de oportunidades, a la vida independiente y a la participación y llena integración social. Los ejes de intervención del programa son:
Atención, acogida y asesoramiento. - Adaptaciones arquitectónicas, pedagógicas, curriculares y técnicas.
- Soporte al estudio.
- Servicio de transporte adaptado.
- Promoción de alojamiento y de otros servicios.
- Sensibilización de la comunidad universitaria.
- Promoción del voluntariado y su formación.
- Promoción de la integración laboral de los estudiantes con necesidades especiales.
- Promoción de la movilidad internacional.
* La Universidad de Barcelona a través del programa HACEMOS VÍA, quiere conseguir la llena integración de los estudiantes con alguna discapacidad física o sensorial para que su actividad académica se desarrolle con total normalidad. El programa consta de: - Matrícula solidaria: los estudiantes que deseen colaborar en este programa se ocuparán de atender y solucionar problemas de movilidad, información, matriculación y soporte al estudio que puedan tener sus compañeros con alguna necesidad especial. Por su colaboración y en concepto de ayuda al estudio, con estos estudiantes se les devuelve el importe de cada una de las asignaturas que comparten con su compañero/a.
- Asesoramiento de orientación académica.
- Servicios de soporte.
* La Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) exime del pago de las tasas académicas las personas con disminución y a través de la "Unidad de integración para alumnos con discapacidad", da respuesta a las necesidades de estos alumnos.
¿Quién puede acceder?
Estudiantes universitarios con discapacidad física o sensorial.
¿Donde dirigirse?
Universidad de Barcelona Oficina de Programas de Integración. Programa HACEMOS VÍA C/ Melcior de Palau, 140, 1r 08014 Barcelona Teléfono: 93 403 54 15 www.ub.es oius(at)sacu.ub.es
Universitat Autònoma de Barcelona Fundación Autónoma Solidària, PIUNE. Pl. Cívica, local 11 Campus UAB 08193 Bellaterra Teléfono: 93 581 26 97 www.uab.es fas.piune(at)uab.es
Universidad Pompeu Fabra Servicio de atención a la comunidad universitaria C/ Ramon Trias Fargas, 25-27 08005 Barcelona Teléfono: 93 542 20 97 www.upf.edu
Universidad Politécnica de Catalunya Oficina de Soporte a la Igualdad de Oportunidades C/ Jordi Girona, 1-3, módulo C 6, subterranio 1 08034 Barcelona Teléfono: 93 401 07 00 www.upc.es oficina.igualtat(at)upc.edu
Universidad Internacional de Catalunya Servicio de estudiantes C/ Immaculada, 22 08017 Barcelona Teléfono: 93 254 18 00 www.unica.edu
Universdad Ramon Llull Teléfono de información general: 93 602 22 00 www.url.es info(at)url.edu
Universidad Privada Abat Oliva Gabinete psicosocial C/ Bellesguard, 30 08022 Barcelona Tel: 93 254 09 00 www.abatoliva.net info(at)abatoliva.edu
Universidad Abierta de Catalunya Tel. de información general: 902 141 141 www.uoc.edu
Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) Tel: 93 731 49 33 www.uned.es
Normativa
Ley 13/1982 de integración social de los minusválidos (LISMI) (BOE núm.103, de 30-4-82).
Ley 20/1991 de promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas (DOGC 1526, 04-12-91).
Real Decreto 69/2000, de 21 de enero, por el que se regulan los procedimientos de selección para el ingreso a los centros universitarios de los estudiantes que reúnen los requisitos legales necesarios por el acceso en la universidad (BOE núm.19, de 22-01-2000).
Al principio
¿Qué es?
Es un centro público de educación especial que acoge alumnos con necesidades educativas especiales (NEE), desde los 3 hasta los 20 años.
El alumnado se organiza en tres etapas educativas: educación infantil, educación primaria, educación secundaria.
La intervención educativa se basa fundamentalmente en los aspectos siguientes: - Programación individualizada a partir del nivel de desarrollo y las NEE de cada alumno y guía en la construcción de aprendizajes funcionales y significativos
- Desarrollo de habilidades comunicativas
- Desarrollo de hábitos de autonomía personal y social
- Adquisición de habilidades relacionadas con entornos laborales
- El trabajo se lleva a cabo en grupos reducidos que garantizan la atención personalizada. La organización de los profesionales es en equipos de coordinación multidisciplinares, tanto internamente como externamente
Aspectos generales:
Existe la intervención de l'EAP y la opción de escolarizar el alumno de forma compartida con centros de enseñanza ordinarios. Se hace un seguimiento de la evolución del alumnado con entrevistas periódicas entre la familia y la escuela. Las familias están organizadas por medio del AMPA, participan regularmente en el Consejo escolar de centro y organizan actividades extraescolares y los casales de verano.
Tienen servicio de fisioterapia, logopedia, actividades acuáticas y psicomotricidad. Profesionales especialistas en pedagogía terapéutica, audición y lenguaje, educación física, psicomotricidad, fisioterapia, trabajo social, psicóloga clínica, enfermería y educadores. Entre otros, las actividades extraescolares que hacemos son salidas, excursiones, visitas culturales, actividades deportivas (fútbol, baloncesto, ping-pong) y participación en competiciones escolares. Ofrecemos un servicio de comedor escolar y transporte escolar adaptado.
Equipamientos:
Aulas espaciosas y soleadas, patio, piscina adaptada, sala de fisioterapia, salas de logopedia, sala de psicomotricidad, gimnasio, sala de informática, sala de audiovisuales, campo de fútbol y baloncesto, biblioteca y talleres (madera, barro, manipulación, actividades domésticas, encuadernación y huerto). Comedor con cocina propia y no tienen barreras arquitectónicas en todo el recinto.
¿Quién puede acceder?
Los niños de Santa Coloma de Gramenet que el 'EAP haya realizado su valoración de las necesidades educativas especiales y de sus posibilidades
¿Donde dirigirse?
Al equipo de asesoramiento y orientación psicopedagógica (EAP) de Santa Coloma o a la oficina de matriculación del ayuntamiento de Santa Coloma
Centro de Educación Especial Josep Sol Rodríguez C/ Almogávares, s/n 08924 Santa Coloma de Gramenet Teléfono: 93 391 35 11 a8040047(at)xtec.cat
Normativa
Decreto 299/1977, de 25 de noviembre. DOGC núm. 2528.
Al principio
¿Qué es?
Entidad sin ánimo de lucro, fundada el año 2000. Se dedica a informar, asesorar y apoyar a las familias de personas con discapacidad psíquica y/o física desde el nacimiento hasta la inserción en el mundo laboral. El objetivo que queremos alcanzar es la llena integración escolar, social y laboral de las personas con discapacidad.
Como entidad forman parte de la plataforma ciudadana por una escuela inclusiva en Catalunya (conjunto de entidades y de personas que cooperan juntas con el fin de promover en Catalunya una enseñanza pública y concertado inclusivo y de calidad por todo el mundo, que sea una realidad para los alumnos con discapacidad independientemente de la tipología de su discapacidad y su grado de afectación). También forman parte de la plataforma de la industria inclusiva.
Actualmente tenemos 400 socios.
¿Quién puede acceder?
Todas las familias y/o personas de Sta. Coloma y de los municipios cercanos.
¿Dónde dirigirse?
Centre Cívic de RIU Av. Lluis Companys, 9 08921 Santa Coloma de Gramenet Teléfon: 933850379
Al principio
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