Casarse en el Ayuntamiento |
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QUIEN PUEDE SOLICITARLO
Cualquier persona.
REQUISITOS - Ser mayor de edad
- En el caso de menores de 18 años, deben obtener previamente el permiso del Registro Civil.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA EL AYUNTAMIENTO - Expediente de matrimonio acreditativo de la posibilidad de contraer matrimonio civil emitido por el Registro Civil
- Fotocopia de los NIF, NIE o pasaporte de los cónyuges
- Fotocopia de los NIF, NIE o pasaporte de los testigos (mínimo dos personas mayores de 18 años).
PRECIO
Gratuito
TIPOS DE BODA
Con Ceremonia: - Oficiado por la alcaldesa (salvo compromisos oficiales)
- Un sábado al mes, excepto los meses de Agosto y Diciembre
- Preferentemente en la Sala de Plenos (aforo de 80 personas sentadas)
- Duración aproximada de 25 minutos.
Sin Ceremonia - Oficiado por un Teniente de Alcalde o un Regidor.
- Los viernes.
- Tiene carácter de acto administrativo.
- Duración aproximada de 10 minutos.
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Gabinete de Relaciones Institucionales - Protocolo
Ayuntamiento de Santa Coloma de Gramenet
José Ruiz Ruiz
Plaza de la Vila, 1 08921 – Santa Coloma de Gramenet - 93 462 40 03
- 93 462 40 00, extensión 3119
- Fax: 93 466 13 17
Passeig de la Salzereda, 15 Teléfono: 93 551 55 09
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