CONDICIONES A CUMPLIR PARA HACER CAMBIOS DE USO DE LOCALES EN PLANTAS BAJAS, GRANDES REHABILITACIONES EN EDIFICIOS EN VOLUMEN DISCONFORME Y DIVISIÓN DE VIVIENDAS EN PARCELAS CUALIFICADAS DE UNIFAMILIARES EN SANTA COLOMA DE GRAMENET.
Fecha actualización: 01/01/2023
Con la entrada en vigor de la “Modificación puntual del PGM para la obtención de vivienda asequible al término municipal de Santa Coloma de Gramenet” , aprobado en fecha 13 de junio de 2022 (DOGC de 16/06/2022), la posibilidad al término municipal de Santa Coloma de Gramenet de hacer un cambio de uso para transformar locales comerciales, de oficinas, industrial o de otro tipo en Viviendas o usos residencial viene dado por la tipología del edificio donde se encuentra y por la ubicación del espacio que se quiere transformar.
Con el fin de dar cumplimiento al que establece el artículo 73 de la Ley 18/2007 del derecho a la vivienda, respeto el objetivo de solidaridad urbana, el Pla arriba mencionado determina un conjunto de medidas orientadas a lograr el objetivo de disponer de un parque de viviendas destinadas a políticas sociales.
Estas medidas se concretan en la calificación directa y parcial como vivienda de protección pública, en la modalidad de vivienda de protección oficial genérica, en determinadas situaciones de cambio de uso.
SITUACIONES DE CAMBIO DE USO:
- Plantas bajas en edificios existentes alineados a vial. [hp-B]
- Edificios en Volumen disconforme con usos actuales diferentes al de vivienda. [hp-V]
- Divisiones de viviendas existentes en parcelas calificados de unifamiliares. [hp-D]
Se puede consultar las fincas que admiten canbio de uso en el Geoportal Urbanístico:
PLANTAS BAJAS EN EDIFICIOS EXISTENTES ALINEADOS A VIAL [hp-B]:Ámbitos señalados con el código hp-B.
En las actuaciones que supongan el destino a viviendas de plantas bajas, en edificaciones alineadas a vial en densificació urbana semiintensiva, que den frente al sistema de calles residenciales y en los cuales se prevé la compatibilidad del uso comercial, terciario o similares en la planta baja, se admitirá la vivienda pero solo con la condición que este tenga la calificación urbanística de vivienda de protección pública en la modalidad de vivienda de protección oficial genérica.
Estas parcelas, en las que se admite el uso residencial en planta baja, se identifican con la clave hp-B (vivienda de protección oficial genérica en planta baja).
Solo se admitirá el cambio de uso en planta baja en aquellas parcelas identificadas como hp-B. Al resto de edificaciones no se admite en cambio de uso en planta baja.
Documentación:
EDIFICIOS EN VOLUMEN DISCONFORME CON USOS ACTUALES DIFERENTES AL DE VIVIENDA. GRANDES REHABILITACIONES [hp-V]:Ámbitos señalados con el código hp-V.
En las actuaciones sobre parcelas en las que la edificación existente se encuentra en situación de Volumen disconforme y con otros usos diferentes del de vivienda, se admitirá la transformación del uso de la totalidad de la edificación a uso de vivienda, siempre que el exceso de techo respecto al permitido por el planeamiento vigente se destine a vivienda de protección pública en la modalidad de vivienda de protección oficial genérica.
Estas parcelas con volumen disconforme y otros usos diferentes del de vivienda se identifican con la clave hp-V (vivienda de protección oficial genérica en edificios en volumen disconforme).
Solo se admitirá el cambio de uso en aquellos edificios existentes identificados como hp-V. Al resto de edificaciones no se admite en cambio de uso.
Documentación:
DIVISIÓN De VIVIENDAS EXISTENTES EN PARCELAS CUALIFICADAS De UNIFAMILIARES [hp-D]:Ámbitos señalados con el código hp-D.
En viviendas existentes con una superficie de vivienda igual o superior al 160 m2st, en parcelas cualificadas de unifamiliares, se admitirá la subdivisión en dos viviendas de superficie no inferior a los 80 m2st, siempre que como mínimo, 80 m2st resultantes de la potencial subdivisión sean destinados a vivienda de protección pública en la modalidad de vivienda de protección oficial genérica.
Estas parcelas de vivienda en las que se admite la subdivisión se identifican con la clave hp-D (vivienda de protección oficial genérica donde se admite la división).
Solo se admitirá la subdivisión en dos viviendas en edificios existentes identificados como hp-D. Al resto de edificaciones no se admitirá la subdivisión de viviendas.
Documentación:
Otra documentación relacionada: